Jul 01, 2016 Diario La Comarca Jujuy Locales 0
Después de diez horas de debate, la cámara de diputados de la provincia de Jujuy aprobó la ley N° 5.935 De Nocturnidad y Regulación de la Venta de Bebidas Alcohólicas. El nuevo horario, de 22 a 5.30, la creación de un registro provincial de locales bailables autorizado, la instalación de dispositivos detectores de metales en los ingresos a los locales, y un sistema de atención de emergencias médicas en los mismo; son algunos de los puntos que establece la nueva Ley.
La venta de bebidas alcohólicas en los locales nocturnos se realizara hasta el cierre de los mismos.
La elaboración de la misma contó con una amplia participación de los sectores de la sociedad civil jujeña, puesto que allí se encuentran plasmadas algunas de las inquietudes que manifestaron en la Audiencia Pública que se realizó la semana pasada.
Reglamento modificado
Además, durante la Sesión presidida por el vicegobernador, C.P.N. Carlos Haquim, también se aprobó la modificación del artículo 34 del Reglamento Interno de la Cámara, estableciendo que dos o más diputados pueden organizarse en bloques de acuerdo a sus afinidades políticas; también, que cuando un partido político o una alianza electoral existente con anterioridad a la elección de los diputados tiene un solo representante en la cámara, puede asimismo actuar como bloque.
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