Jul 05, 2016 Diario La Comarca Jujuy Locales 0
En el marco de la octava sesión ordinaria, el Concejo Deliberante de la Capital aprobó la Ordenanza Nº 6871/16 que modifica artículos de la Ordenanza Nº 6666/04, referente al Código Municipal de Faltas. Aumentaron el monto de la multa y establecieron un año de inhabilitación para conducir a conductores que sean detectados conduciendo en estado de intoxicación.
En la oportunidad, el concejal Lisandro Aguiar, Presidente del Cuerpo Parlamentario comunal destacó que “hoy en la sesión se trataron dos temas de extrema relevancia, puntualmente la modificación del Código de Faltas y se ha analizado diversos aspectos técnicos de la normativa vigente, esto se da aproximadamente luego de dos años y en base a diversos informes del Juzgado de Faltas de la Procuración Municipal y de la Secretaria de Gobierno, se ha propuesto una serie de modificaciones a algunos articulados, incluso el que ha dado más debate fue al referido a la multa en conducir en estado de intoxicación de bebidas alcohólicas y otros tipos de sustancias, que es una multa que va de 9 mil a 90 mil, es una multa severa”.
El tema tuvo despacho de comisión favorable con la firma de 9 concejales y fueron varios los artículos modificados por los Concejales de los diferentes bloques políticos en la presenta norma. A tal efecto, en el transcurso de la semana pasada el actual Secretario de Gobierno Municipal, Dr. Gastón Millón, uno de los autores del proyecto cuando era Juez de Faltas, aclaró cada artículo a modificar; en este contexto, durante la sesión el tema deparó el pedido de un cuarto intermedio para consensuar el artículo 18 de la norma y que el concejal Federico Noro se abstuviera de sancionar el artículo 6.
Entre algunos de los artículos modificados la normativa quedó redactado de la siguiente manera:
Artículo 18: Modificase el artículo 140 de la ordenanza 6666/14, el que quedará redactado de la siguiente manera: Conductor Intoxicado: el que condujera en estado de intoxicación por alcohol o cualquier otra sustancia será sancionado con multa de 500 UF (Unidad Fija) a 5.000 UF, más la sanción accesoria de inhabilitación de un año para conducir. En caso de vehículos de transporte de pasajeros o carga, que se encuentre prestando servicio, los montos se duplicarán.
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